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25/11/2011
Fuente: Consejo de Ministros
Un Real Decreto de 2007 regulaba las condiciones para el ejercicio de los derechos de entrada y salida, libre circulación, estancia, residencia y trabajo en España de los ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea y de los paÃses que forman parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, asà como las limitaciones a estos derechos por razones de orden público, seguridad pública o salud pública. El Real Decreto aprobado extiende su ámbito de aplicación a los familiares de ciudadanos de la Unión Europea con nacionalidad de terceros paÃses.
La reforma responde a la necesidad de ajustar el texto a la normativa europea, por lo que se han modificado cuatro artÃculos y se han añadido nuevos apartados en otros dos artÃculos. AsÃ, permite que los familiares no comunitarios de ciudadanos de la Unión Europea dispongan de su tarjeta de residencia desde la fecha de entrada a España y no desde el dÃa de la concesión de la tarjeta, como ocurrÃa hasta ahora.
El texto también establece el mantenimiento del derecho de residencia en España para nacionales de terceros paÃses en supuestos especÃficos, como para aquellos que lleven tres años casados o como pareja de hecho con un ciudadano comunitario, que dispongan de la custodia de hijos comunes o sean vÃctimas de violencia de género o de trata.
Además, la reforma del Real Decreto instaura mayores garantÃas jurÃdicas en los procesos de expulsión de ciudadanos de la Unión Europea y sus familiares. Actualmente, residen en España 2.476.334 ciudadanos comunitarios, lo que representa el 48 por 100 de los extranjeros que viven en nuestro paÃs.